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El CAPS Asociación Civil es la primera entidad hispanoparlante consagrada al establecimiento, la práctica y la difusión de la Planificación Personal en todas sus ramas: patrimonial, sucesoria y financiera.
Nuestra misión es investigar, desarrollar y difundir la Planificación, metodología ineludible para prevenir conflictos y prever el futuro en la sociedad, la familia y la empresa, hacia una calidad de vida mejor.
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Extraído del Capítulo XVII de Matrimonio y Patrimonio, de
Leonardo J. Glikin
Todos los hijos son iguales ante la ley.
Sin embargo, frente a ciertas circunstancias de la vida, pueden producirse
diferencias entre hijos de diversos matrimonios que, quizás, no se han buscado
conscientemente.
Los hijos del primer matrimonio frente al
riesgo de muerte de su padre.
Desde que la ley permite el
divorcio vincular, a lo que se suma la igualación de los derechos de los hijos
matrimoniales y extramatrimoniales, se produjo una situación legal que entraña
un riesgo muy serio para los hijos de un primer matrimonio.
Digamos que,
en tanto las personas que se separaban, no podían volver a casarse,
estructuraban relaciones de concubinato (aunque tuvieran una apariencia legal, a
través de un matrimonio en Uruguay, México o Paraguay, que no era válido en la
Argentina). De esos concubinatos nacían hijos que, hasta 1995, eran considerados
"de segunda", ya que, por ser extramatrimoniales, tenían la mitad de los
derechos sucesorios de los que gozaban los hijos matrimoniales. Por otra parte,
no solían gozar del favor, ni de la atención de los jueces: cuando un hombre
trataba de explicar que no podía pagar la cuota alimetaria que se le exigía, y
explicaba que era padre de otros hijos, la explicación sonaba tan contundente,
para algunos jueces, como justificar la falta de pago en la asistencia regular a
casinos e hipódromos.
La situación ha cambiado radicalmente:
- los hijos matrimoniales y
extramatrimoniales tienen iguales derechos sucesorios.
- al existir el divorcio vincular,
suelen establecerse segundos y ulteriores matrimonios, en cuyo seno nacen nuevos
hijos.
Estos nuevos hijos tienen iguales
derechos, pero mejores posibilidades que los hijos del primer matrimonio. Veamos
por qué:
a) Si viven con su madre y su
padre, en caso de fallecimiento de éste podrán continuar viviendo en el inmueble
que fuera asiento del hogar conyugal, porque, según el artículo 3573 bis, el
cónyuge sobreviviente tiene derecho de habituación vitalicio y gratuito.....aun
en el caso de que el inmueble fuera un bien propio del cónyuge
fallecido.
b) Al convivir su padre y su madre, es de
presumir que esta útlima tenga mayor y más rápido acceso a la información,
respecto de los negocios y las inversiones del padre, que los hijos de un
matrimonio anterior.
Por otro lado, es de destacar que el fallecimiento
de una persona extingue la obligación alimentaria, que no pasa a ser una carga
de los herederos en tanto tales.
Esto significa que los hijos de un
matrimonio anterior corren el riesgo de verse privados de la cuota alimentaria;
del acceso a las inversiones y a la documentación de su padre, y hasta de todo
derecho a la herencia, en relación al inmueble ocupado por la cónyuge
actual.
Esta realidad me ha permitido afirmar, en algún artículo, que los
hijos del primer matrimonio han pasado de ser príncipes, a simples
mendigos.
Lo que se puede hacer
Conocer los datos
de la realidad, tal como es, sirve en muchos casos para evitar las consecuencias
indeseables.
Descripta la situación que se podría plantear, cabe que
quien tiene hijos de distintos matrimonios, se pregunte cuáles son los efectos
que realmente querría lograr, en caso de que ocurriera su fallecimiento. Y, si
advierte que puede dejar situaciones de injusticia, o de riesgo económico, que
tome los recaudos más adecuados, a través de diversos instrumentos, tales como
un testamento, un seguro de alimentos cesantes en favor de los hijos del primer
matrimonio, la apertura de un archivo de información sobre cuestiones
importantes en beneficio de esos hijos, etc.
Sin duda, la decisión de
evitar perjuicios ha de motorizar las mejores respuestas, en cada caso
concreto. |