A diferencia de la legislación de otros países (España, Suiza, Canadá, Colombia, Ecuador, Venezuela, Perú, Puerto Rico y Chile), el Código Civil argentino no contempla la posibilidad de que el juez pueda exigir la constitución de garantías para asegurar el cumplimiento de la obligación de pagar alimentos. Sin embargo, hay mecanismos que se pueden utilizar, para que la cuota de alimentos llegue a quien lo necesita.
|